Washington, D.C. 21 de diciembre de 2010 – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condena el asesinato de la defensora de derechos humanos Marisela Escobedo en Chihuahua, México.
El 16 de diciembre de 2010 Marisela Escobedo fue asesinada en la puerta del Palacio de Gobierno del estado de Chihuahua, donde reclamaba justicia por la muerte violenta de su hija, Rubí Marisol Frayre, que fue asesinada en septiembre de 2008, a los 16 años de edad. Su pareja, Sergio Rafael Barraza, habría confesado la autoría del crimen. Barraza fue absuelto en primera instancia y puesto en libertad; un mes después fue condenado a 50 años de cárcel por un tribunal de segunda instancia, pero permanece prófugo. Pese a las amenazas recibidas, Marisela Escobedo luchó para que el asesinato de su hija no quedara en la impunidad.
La Comisión urge al Estado mexicano a investigar el asesinato de Marisela Escobedo para llevar a la justicia y sancionar a los responsables materiales e intelectuales del crimen. Asimismo, la Comisión insta al Estado mexicano a adoptar todas las medidas a su alcance para ejecutar la sentencia dictada contra el responsable del asesinato de Rubí Marisol Frayre.
En su Informe Acceso a la Justicia para Mujeres Víctimas de Violencia en las Américas (2007), la CIDH señaló que la mayoría de los actos de violencia contra las mujeres quedan en la impunidad, perpetuando su repetición y la aceptación social de este fenómeno. En este marco, recomendó a los Estados garantizar la debida diligencia para que todos los casos de violencia por razón de género sean objeto de una investigación oportuna, completa e imparcial, que sus responsables sean sancionados, y que las víctimas tengan acceso pleno a una adecuada protección judicial.
La Comisión Interamericana urge una vez más al Estado de México a adoptar todas las medidas legales, administrativas y de otra índole que fueran necesarias para evitar que hechos similares vuelvan a ocurrir en el futuro, en cumplimiento de los deberes de prevención y garantía de los derechos fundamentales reconocidos por la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Esto incluye la necesidad de implementar una política integral y coordinada, respaldada con recursos adecuados, para garantizar que los casos de violencia contra las mujeres sean adecuadamente prevenidos, investigados, sancionados y sus víctimas reparadas; fortalecer la capacidad institucional para combatir el patrón de impunidad frente a casos de violencia contra las mujeres a través de investigaciones penales efectivas, a las que se dé un seguimiento judicial consistente, garantizando así una adecuada sanción y reparación; y continuar adoptando políticas públicas y programas institucionales destinados a superar los estereotipos sobre el rol de las mujeres en la sociedad y promover la erradicación de patrones socioculturales discriminatorios que impiden el acceso pleno de las mujeres a la justicia, incluyendo programas de capacitación para funcionarios públicos en todas las ramas de la administración de la justicia y la policía, y políticas integrales de prevención.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
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