SE DECLARÓ CONSTITUCIONAL EL IMPUESTO ESTATAL SOBRE LA TENENCIA O USO DE VEHÍCULOS
Se continuará con el cobro del impuesto sólo a los vehículos considerados de lujo o propiedad de empresas.
Un porcentaje de lo recaudado se entregará a los Municipios.
MEXICALI, B.C., A 27 DE NOVIEMBRE DE 2011.- A partir de este 2011 el Estado de Baja California estableció un impuesto estatal sobre tenencia o uso de vehículos que sólo grava a quienes tienen mayores recursos para pagar el tributo y sustituye el impuesto sobre tenencia o uso de vehículos federal que existió desde 1973 hasta el último de diciembre de 2010, señaló Manuel Aguilar Bojórquez, Secretario de Planeación y Finanzas.
“Al inicio del presente ejercicio fiscal este nuevo impuesto estatal fue duramente criticado por algunos abogados de la localidad, argumentando que no reunía los requisitos que la Constitución Federal prevé para cualquier tributo, lo cual siempre fue negado por las autoridades estatales encargadas de su recaudación, y ratificado por los tribunales jurisdiccionales correspondientes que han venido declarando constitucional este impuesto”, dijo el funcionario estatal.
Aseguró que derivado de los argumentos en contra que en su momento expusieron algunos abogados, se presentaron múltiples amparos, los cuales ya se han estado resolviendo por los tribunales competentes, incluso en segunda instancia, señalándose que dicha contribución no contraviene a la Constitución, y por tanto resulta equitativa y proporcional, aún cuando el mismo sólo grava a aquellos vehículos con valor mayor a 260 mil pesos o propiedad de las empresas.
Recordó que a diferencia del impuesto sobre tenencia federal que se había cobrado en Baja California en virtud de un convenio de colaboración administrativo celebrado con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, este impuesto local no grava el uso o tenencia de cualquier vehículo, si no sólo de los que se consideren caros o de lujo, además de aquellos que se utilicen para desarrollar una actividad empresarial, lo cual fue considerado equitativo y proporcional por los tribunales que han conocido los juicios de amparo.
“A pesar de que aún faltan algunos juicios por resolverse, la tendencia que se tiene en estos juicios es que se les niegue el amparo a los contribuyentes que presentaron este medio de defensa en contra del tributo, y se espera que siga esta misma tendencia, ya que el impuesto fue creado cuidando los aspectos que la Constitución obliga para estos procesos de creación de contribuciones”, dijo.
Por último el Secretario de Planeación y Finanzas indicó que dichas resoluciones positivas hacia el Estado ayudarán a que no se tenga que devolver lo recaudado por el impuesto, y por tanto no afectar las finanzas locales, incluyendo las de los Municipios, quienes reciben un porcentaje de lo que el Estado recaude por la contribución.
Se continuará con el cobro del impuesto sólo a los vehículos considerados de lujo o propiedad de empresas.
Un porcentaje de lo recaudado se entregará a los Municipios.
MEXICALI, B.C., A 27 DE NOVIEMBRE DE 2011.- A partir de este 2011 el Estado de Baja California estableció un impuesto estatal sobre tenencia o uso de vehículos que sólo grava a quienes tienen mayores recursos para pagar el tributo y sustituye el impuesto sobre tenencia o uso de vehículos federal que existió desde 1973 hasta el último de diciembre de 2010, señaló Manuel Aguilar Bojórquez, Secretario de Planeación y Finanzas.
“Al inicio del presente ejercicio fiscal este nuevo impuesto estatal fue duramente criticado por algunos abogados de la localidad, argumentando que no reunía los requisitos que la Constitución Federal prevé para cualquier tributo, lo cual siempre fue negado por las autoridades estatales encargadas de su recaudación, y ratificado por los tribunales jurisdiccionales correspondientes que han venido declarando constitucional este impuesto”, dijo el funcionario estatal.
Aseguró que derivado de los argumentos en contra que en su momento expusieron algunos abogados, se presentaron múltiples amparos, los cuales ya se han estado resolviendo por los tribunales competentes, incluso en segunda instancia, señalándose que dicha contribución no contraviene a la Constitución, y por tanto resulta equitativa y proporcional, aún cuando el mismo sólo grava a aquellos vehículos con valor mayor a 260 mil pesos o propiedad de las empresas.
Recordó que a diferencia del impuesto sobre tenencia federal que se había cobrado en Baja California en virtud de un convenio de colaboración administrativo celebrado con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, este impuesto local no grava el uso o tenencia de cualquier vehículo, si no sólo de los que se consideren caros o de lujo, además de aquellos que se utilicen para desarrollar una actividad empresarial, lo cual fue considerado equitativo y proporcional por los tribunales que han conocido los juicios de amparo.
“A pesar de que aún faltan algunos juicios por resolverse, la tendencia que se tiene en estos juicios es que se les niegue el amparo a los contribuyentes que presentaron este medio de defensa en contra del tributo, y se espera que siga esta misma tendencia, ya que el impuesto fue creado cuidando los aspectos que la Constitución obliga para estos procesos de creación de contribuciones”, dijo.
Por último el Secretario de Planeación y Finanzas indicó que dichas resoluciones positivas hacia el Estado ayudarán a que no se tenga que devolver lo recaudado por el impuesto, y por tanto no afectar las finanzas locales, incluyendo las de los Municipios, quienes reciben un porcentaje de lo que el Estado recaude por la contribución.
ya no se debe de pagar tenencia, uno con mucho esfuerzo compra los autos. ellos quieren que se page por que les comviene estar sacando dinero de la gente, para que les quede mas dinero para ellos. no es justo, aparte de que ganan muuuuy bien. uno con trabajos tiene sus cosas. y todavia pagar por tener algo pues no. todavia las casetas y eso pues si. es mi opinion con todo respeto.
ResponderEliminar