Sanción por no declarar. LA sanción por no declarar será equivalente:
Por Carlos Neri Torres
1. En el caso de que la omisión se refiera a la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios, al veinte por ciento (20%) del valor de las consignaciones bancarias o ingresos brutos de quien persiste en su incumplimiento, que determine la Administración por el período al cual corresponda la declaración no presentada, o al veinte por ciento (20%) de los ingresos brutos que figuren en la última declaración de renta presentada, el que fuere superior.
Esta aplicación es en Colombia. En donde están pensando en su gente, aquí en Baja California México. Tenemos un Gobierno recaudatorio que cuando no haces la declaración mensual del régimen intermedio, "AUNQUE SEA EN CEROS POR INTERNET" Gobierno del Estado te envía multa y más gastos de ejecución, (esos son los fuentes de empleo que creó Gobierno del Estado) te impone una multa de casi 1200.00. Y pagarla en 45 días. Tengas o no ingresos ¡Eso es inaceptable! Derechos humanos que es un buró más no puede hacer nada, y para los que nos encasillaron en causantes mayores hace mas de 30 años así estemos vendiendo cacahuates en la calle eres causante mayor, aunque ganes 2000 pesos al mes, al igual que la Santa Inquisición te pasan por las armas, por evasor fiscal, tendrás que pagar contador. O estas multas. ¿Y nuestros legisladores que están haciendo? Viviendo de las pocas pertenencias de aquellos que ya no nos dan trabajo por tener más de 45 años, pero eso, si manteniendo a todos los maestros jubilados, empleados estatales, municipales y ayudando a los asesores del IFE, del gobierno que allí tiene a todos sus amigos del partido que lo apoyaron.
E so es justicia social, decir tengo atribuciones para cobrarte esto y aquello. Pero y eso de por una patria ordenada y generosa de aquel pensador mexicano Gómez Morin cuando se hará realidad. ¡Tendrás el temor del pueblo pero nunca el respeto!
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