viernes, 8 de julio de 2011

AGENTE MUNICIPAL SENTENCIADO POR ROBO A UN CIUDADANO ( el ejemplo de la poli)

·        Se trata del agente municipal acusado de robo.
·        El imputado ya había sido encontrado culpable en la audiencia anterior.

Mexicali Baja California, a 7 de Julio de 2011.- El Tribunal de Juicio Oral, integrado por, Ruth Esperanza Álvarez Fuentes quien funge como Presidenta y Manuela Guillermina Cuevas Tapia como Juez Relator y por Héctor Cortez Peña quien funge como Tercer Juez Integrante, dictaron en base a la ley la sentencia condenatoria a un imputado acusado por cometer el delito de robo simple.
El hecho por el que está siendo acusado el imputado es por haber sustraído una cierta cantidad de dinero de la cartera del ofendido, el cual había sido detenido por manejar en estado de ebriedad el pasado 17 de junio del presente año.
El juicio oral había comenzado desde el lunes 30 de junio, donde la defensa como la fiscalía presentaron sus pruebas y testigos, los cuales ayudarían a que se determinara la situación jurídica del imputado, al ser analizadas por la mesa de jueces de garantía llegaron a la conclusión antes mencionada.
Por lo que en esta audiencia la Juez, Guillermina Cuevas Tapia, la cual funge como juez relator, dio lectura a la sentencia y a los criterios legales que se utilizaron para llegar a la misma.
La sentencia que determinó el Tribunal de Juicio Oral por el delito antes mencionado, fue el de un año, un mes y quince días de prisión, además de veinticinco días de salarios mínimos como multa, también se le condenó al imputado al pago de la reparación del daño, la cual consiste en pagar al ofendido los cuatro mil pesos por los cuales fue sentenciado y por último se le suspendieron sus derechos políticos, lo cual fue notificado al Instituto Federal Electoral.
Debido a que la pena no excede de los dos años, el condenado podrá obtener la sustitución de la pena y la suspensión condicional de la pena de prisión, mediante el pago de una multa de dos mil pesos, pagando la reparación del daño al ofendido, además de pagar los veinticinco días de salarios mínimos.

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